Propiedad Vertical
En este régimen, la finca no se halla dividida y normalmente pertenece a un único propietario, aunque puede ser más de uno. La característica esencial de la propiedad vertical es que es una finca que suele destinarse al alquiler tanto de locales, como de viviendas (si se trata de un bloque de pisos) o mixto si contiene ambos tipos de inmuebles.
La principal diferencia, es que no hay elementos comunes, no hay nada que se comparta entre propietarios. En consecuencia, no hay que hacer frente al pago de una cuota de comunidad para el mantenimiento o gastos de la finca, ni tampoco hay unos órganos de gobierno o unos estatutos reguladores ya que no existe una comunidad de propietarios.
NOS ENCARGAMOS DE
Conservación del edificio en buen estado
Obligaciones fiscales y administrativas
Pagos de impuestos
Pagos servicios de alumbrado
OFRECEMOS SERVICIO INTEGRAL
Cálculo de la cuota para cada uno de los inmuebles
Gestión de contratos
Arrendamiento
Cobro de rentas y finanzas
Mantenimiento de los inmuebles
Seguros